Desde el 20/04/2022, con la entrada en vigor del RD 286/2022, en el entorno laboral y de manera general, no es preceptivo el uso de mascarilla.
El uso de la mascarilla contra el COVID-19 es obligatoria en:
- Personal trabajador y visitantes de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Personal trabajador y visitantes en zonas compartidas en centros socio-sanitarios.
- Medios de transporte público.
- Esta obligación no será exigible para ciertas características personaleso de la actividad laboral.
- Las personas con sintomatología compatible con el COVID-19, sean o no casos confirmados, así como, los contactos estrechos de casos confirmados.
Se recomienda mantener el uso responsable de la mascarilla en:
- Personas vulnerables en cualquier situación en la que tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.
- En el ámbito laboral, siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y/o no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio. Salas de reuniones, vestuarios, aseos, etc.
- La utilización de medios de transporte compartido.