Novedades IV Convenio Metal

El pasado 12 de enero de 2022, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal.

En resumen, este convenio regula, entre otros aspectos, la formación que deben recibir los trabajadores en materia de Prevención de Riesgos Laborales tanto en las actividades propias del sector como los trabajos que se desarrollan en la construcción.

PLAZOS

  • Se mantendrá en vigor hasta el 31/12/2023. Vencida dicha fecha, se mantendrá vigente hasta que sea sustituido por otro convenio.
  • Se amplían los plazos de impartición de la formación en PRL por causa de la pandemia hasta el 01/10/2022 (Disposición Transitoria Quinta).

¿QUÉ DEBEMOS HACER CUANDO LAS PERSONAS TRABAJADORAS DESARROLLAN MÁS DE UN OFICIO O HAN RECIBIDO OTRAS FORMACIONES?

  • Se pueden desarrollar acciones formativas de 8 horas o 6 horas en ámbito construcción para aquellos puestos de trabajo u oficio, y para aquellas personas trabajadoras, que previamente hayan cursado una acción formativa completa de 20 horas, excepto si se aplica alguna convalidación de la formación ya recibida conforme a lo establecido en este Convenio.
  • De forma general la persona trabajadora deberá estar formada con 20 horas en el oficio que más tiempo dedique en su jornada de trabajo.
  • Para los oficios complementarios se realizarán formaciones específicas de 8 horas o 6 horas en ámbito de construcción

ANEXO II: FORMACIÓN. En materia de PRL para las personas trabajadoras del sector metal en puestos de trabajo fuera del ámbito de construcción

  • FORMACIÓN PARA PERSONAL DIRECTIVO DE EMPRESA.
    Modalidad presencial o teleformación. 6 horas
  • FORMACIÓN PARA PERSONAL DE OFICINAS.
    Modalidad presencial o teleformación. 6 horas
  • FORMACIÓN DE OFICIOS. Personas trabajadoras de las áreas de producción y/o mantenimiento.
    32 oficios regulados. Modalidad presencial. 20 horas (oficio completo) | 8 horas (oficio específico)
  • FORMACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS CON FUNCIONES PREVENTIVAS DE NIVEL BÁSICO.
    *Esta formación deberá estar asociada a uno de los oficios
    Modalidad semi-presencial. 50 horas (20 horas presenciales + 30 horas teleformación)
  • FORMACIÓN DE RECICLAJE.
    Cada 4 años una formación de 4 horas o cuando el trabajador haya estado alejado del sector al menos un año de manera continuada

ANEXO IV: FORMACIÓN EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN. En materia de PRL para personas trabajadoras del sector metal que trabajen en obras de construcción.

  • NIVEL INICIAL.
    Modalidad presencial. 8 horas
  • PERSONAL DIRECTIVO DE EMPRESA.
    Modalidad presencial o teleformación. 10 horas.
  • RESPONSABLES Y TÉCNICOS/AS DE EJECUCCIÓN DE LA ACTIVIDAD. Modalidad presencial. 20 horas.
  • PERSONAL ADMINISTRATIVO.
    Modalidad semi-presencial. 20 horas.
  • FORMACIÓN DE OFICIOS. Personas trabajadoras que realizan actividades en obras de construcción.
    Modalidad presencial. 20 horas | 6 horas.

ANEXO VIII: CONVALIDACIÓN CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD Y TÍTULOS DE FP

  • Se introduce una nueva tabla para la convalidación de la formación de los oficios/puestos de trabajo regulada por el IV CEM, en relación con los Certificados de Profesionalidad y Títulos de FP cursados al amparo de la LOE, y Títulos de FP cursados al amparo de la LOGSE.
  • En dicho anexo se puede relacionar la formación profesional, según la identifi cación del certificado de profesionalidad y los oficios que convalida, respecto de los previstos por el Anexo II y Anexo IV del convenio.
  • Todos los certificados de profesionalidad/FP cursados según la LOE anteriores a su entrada en vigor (23/05/2006) y los de FP cursados según la LOGSE anteriores a su entrada en vigor (04/10/1990), no serán objeto de convalidación.
  • Se deberá tener en cuenta lo dispuesto por el convenio en relación con la formación de reciclaje, la cual, tendrá una duración mínima de 4 horas que será impartida cada 4 años.

 

IMQ Prevención esta homologada por la Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo (FMFCE) para impartir las acciones formativa incluidas en este convenio.

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